Orden conjunta n.º 1839.23
Orden conjunta del Ministro del Interior y de la Ministra de Ordenación del Territorio Nacional, Urbanismo, Vivienda y Política de la Ciudad por la que se fijan los plazos exigidos a cada interviniente respecto de determinadas decisiones administrativas relativas al urbanismo emitidas por los municipios.
El 13 de julio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial n.º 7212 la orden conjunta n.º 1839.23 del Ministro del Interior y de la Ministra de Ordenación del Territorio Nacional, Urbanismo, Vivienda y Política de la Ciudad, por la que se fijan los plazos exigidos a cada interviniente respecto de determinadas decisiones administrativas relativas a la autorización de parcelación, la autorización para crear un grupo de viviendas, la autorización de fraccionamiento y la licencia de construcción.